
¿Qué es la tarifa PDBT de CFE y por qué aparece en tu recibo?
Tener tarifa PDBT no significa que seas un comercio. Aquí te explicamos por qué.
Descubre qué significa realmente esta tarifa de CFE, por qué puede aparecer en tu recibo y qué debes saber si tienes un negocio dentro de tu casa.
PDBT puede ser la tarifa de un comercio, pero PDBT no significa “tarifa comercial”.
1. Rompamos el mito: PDBT no significa “tarifa comercial”
Si revisaste tu recibo de CFE y encontraste las letras PDBT, quizá alguien te dijo: “tienes tarifa comercial”. Incluso puede surgir la duda: “¿por qué, si yo no tengo ningún negocio?”
La respuesta está en lo que realmente significa esta categoría.
PDBT significa Pequeña Demanda en Baja Tensión, y el Diario Oficial de la Federación establece que aplica a los servicios que utilizan energía en baja tensión “a cualquier uso”, con demanda de hasta 25 kW al mes, excepto aquellos para los que existe una tarifa específica.

Ahí está la clave: PDBT no significa “comercial”. Un comercio puede tener PDBT, pero esta tarifa no está limitada exclusivamente a comercios.
Por ejemplo, existen usos para los cuales se establecen categorías específicas, como el doméstico, el alumbrado público o determinados servicios de riego agrícola. Cuando el servicio no corresponde a una categoría específica y cumple las condiciones de pequeña demanda en baja tensión, puede corresponder PDBT.
Además, si todavía recuerdas la antigua Tarifa 02, no estás equivocado: la tabla oficial de correspondencias señala que la antigua Tarifa 2 —junto con la Tarifa 6— corresponde a la actual categoría PDBT.
Y esto explica algo muy importante: puedes tener PDBT aunque detrás de ese medidor no exista ningún negocio. En el siguiente bloque veremos precisamente por qué.
2. ¿Por qué tengo PDBT si no tengo un negocio?
Ésta es una de las confusiones más comunes. Si PDBT no significa “tarifa comercial”, entonces es perfectamente posible encontrar esta tarifa en un suministro donde no existe una tienda, restaurante u otro negocio.
La explicación vuelve a estar en la definición oficial: PDBT se aplica en baja tensión “a cualquier uso”, con demanda de hasta 25 kW, excepto cuando para ese servicio se haya establecido específicamente otra tarifa.
Pensemos, por ejemplo, en las áreas comunes privadas de un edificio o condominio. Un medidor puede alimentar iluminación de pasillos, jardines, bombas de agua, portones eléctricos u otros equipos compartidos. Ese consumo no es el consumo doméstico de una vivienda individual, aunque tampoco exista un comercio detrás del medidor.

La clave, entonces, no es preguntarnos:
“¿Aquí hay un negocio?”
Sino:
“¿Para qué se utiliza realmente la energía y existe una tarifa específica para ese uso?”
Por ejemplo, el alumbrado público sí cuenta con categorías tarifarias específicas; no debemos confundirlo con la iluminación de las áreas comunes privadas de un inmueble.
Por eso, tener PDBT no significa automáticamente que CFE considere tu inmueble un comercio. Significa que el suministro fue clasificado dentro de Pequeña Demanda en Baja Tensión conforme al uso y características que le corresponden.

El tipo de inmueble no cuenta toda la historia; importa para qué se utiliza la electricidad.
3. ¿Vas a poner un negocio en tu casa? Revisa primero tu tarifa
En México es muy común comenzar un pequeño negocio desde casa: una tienda, estética, papelería, frutería, taller o venta de alimentos. El problema puede aparecer cuando todos los equipos del negocio se conectan al mismo medidor que ya tenía la vivienda.
¿Por qué?
Las tarifas domésticas están destinadas al uso exclusivamente doméstico. Por eso, aunque físicamente el negocio se encuentre dentro de tu casa, la electricidad utilizada para esa actividad no necesariamente conserva el mismo uso que la energía destinada a la vivienda. La regulación distingue el uso del suministro y las características bajo las cuales fue contratado.
Imagina una casa que comienza con refrigerador, televisión y aire acondicionado. Después abre una tienda y conecta al mismo suministro refrigeradores exhibidores, congeladores, iluminación y otros equipos del negocio. El inmueble sigue siendo una casa, pero ahora existe también una actividad distinta.
¿Qué conviene hacer?
Antes de conectar las cargas del negocio, consulta con CFE qué suministro corresponde a cada uso. Cuando existen instalaciones realmente independientes, puede ser necesario separar las cargas: un suministro para la vivienda y otro para la actividad, que podría corresponder a PDBT si cumple sus condiciones.
Emprender en casa no es el problema. Lo importante es que la energía se utilice conforme al suministro y la tarifa que correspondan.

Esto también evita aprovechar indebidamente las condiciones aplicables al servicio doméstico y reduce el riesgo de una posterior revisión y ajuste de facturación.
En el siguiente bloque veremos justamente eso: ¿qué puede pasar si CFE detecta que el uso de la energía no corresponde con la tarifa contratada?
4. ¿Qué pasa si CFE detecta que tu tarifa no corresponde al uso de la energía?
Existe la idea de que si CFE encuentra un negocio conectado al medidor doméstico automáticamente aplicará una multa. Sin embargo, para un caso de tarifa mal aplicada, la regulación utiliza otro mecanismo: revisión, corrección y, cuando corresponda, ajuste de la facturación.
Durante una revisión, si se determina que la facturación es incorrecta porque la tarifa no corresponde al tipo de usuario, puede levantarse una Constancia de Revisión y notificarse el resultado al usuario.

Si se comprueba que existió una tarifa mal aplicada, el modelo de contrato de suministro básico contempla calcular la diferencia entre lo que correspondía facturar y lo que efectivamente se pagó. Dependiendo del resultado, puede proceder el cobro o la devolución de esa diferencia.
Por eso, una casa que posteriormente incorpora un negocio y utiliza el mismo suministro doméstico para alimentar congeladores, vitrinas, herramientas u otros equipos de la actividad debe revisar si el uso contratado continúa siendo el correcto.
No es lo mismo una tarifa incorrecta que manipular un medidor o consumir energía de manera irregular.
La mejor decisión es preventiva: si vas a emprender desde casa, consulta con CFE cómo deben contratarse y, cuando corresponda, separarse los distintos usos de la energía antes de conectar las cargas de tu negocio.
5. Tengo casa y negocio, ¿qué debo hacer?
Si estás pensando en emprender desde casa, la solución no es dejar de hacerlo, sino asegurarte de que la instalación y el suministro eléctrico correspondan al uso real que tendrá la energía.
Primero identifica qué alimenta actualmente tu medidor. Si el suministro doméstico abastece únicamente la vivienda, conserva su finalidad doméstica. Pero si vas a incorporar refrigeradores, vitrinas, herramientas, equipos de cocina, iluminación u otras cargas destinadas al negocio, conviene revisar la contratación antes de conectarlas.
Cuando realmente existen dos usos distintos e instalaciones independientes, puede ser necesario contar con suministros separados: uno para la vivienda con la tarifa doméstica que corresponda y otro para el negocio, que podría clasificarse como PDBT si cumple las condiciones establecidas. Esto no debe confundirse con dividir artificialmente una misma carga o actividad para reducir la facturación.

La recomendación es sencilla: acércate a CFE, explica qué actividad realizarás, qué equipos instalarás y solicita que se determine la contratación adecuada.
Y quédate con la idea central de este artículo:
PDBT puede ser la tarifa de un comercio, pero PDBT no significa “tarifa comercial”.
La tarifa depende del uso de la energía, las características del suministro y de si existe una tarifa específica para ese uso.

Antes de emprender, entiende tu energía
Una pequeña revisión antes de abrir tu negocio puede evitar confusiones posteriores. Conoce tu tarifa, identifica tus cargas y entiende cuánto consume cada equipo.
Porque controlar tu energía comienza por entender cómo la estás utilizando.
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Fuentes oficiales consultadas
Comisión Federal de Electricidad (CFE) – Tarifa PDBT, Pequeña Demanda en Baja Tensión hasta 25 kW
https://app.cfe.mx/Aplicaciones/CCFE/Tarifas/TarifasCRENegocio/Tarifas/PequenaDemandaBT.aspx
Diario Oficial de la Federación (DOF) – Disposiciones tarifarias del Suministro Básico
https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5783862
Diario Oficial de la Federación (DOF) – Correspondencia entre categorías tarifarias actuales y tarifas anteriores
https://sidof.segob.gob.mx/notas/5715449
Diario Oficial de la Federación (DOF) – Modelo de Contrato Mercantil para el Suministro Básico en Baja Tensión
https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5695009
Diario Oficial de la Federación (DOF) – Tarifas reguladas para la operación de CFE Suministrador de Servicios Básicos, 2026
https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5780415
Nota: La tarifa aplicable a cada suministro depende de sus características técnicas, el uso de la energía y la regulación vigente. Ante un cambio de actividad o la instalación de nuevas cargas, se recomienda consultar directamente con CFE la contratación que corresponda.


